INFORMACIÓN SOBRE EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
La Colegiación en España es obligatoria para el ejercicio de la profesión médica.
La inscripción en el Colegio de Médicos de Alicante es obligatoria para todos los médicos que ejerzan su actividad principal, pública o privada, en la provincia de Alicante.
Puede solicitar el alta en el Colegio (en ambas deberá tener en cuenta todos los requisitos de colegiación):
· De forma presencial, con cita previa, presentando toda la documentación requerida. Para ello, se concertará una cita con el Departamento de Colegiaciones, llamando al teléfono 965261011.
· A través de la colegiación online, podrá solicitar su inscripción en el Colegio accediendo por la Ventanilla Única de la web del Colegio www.coma.es. Debe tener en cuenta que, para cumplimentar el formulario de alta, deberá introducir en el mismo toda la documentación requerida firmada digitalmente por Vd. Para finalizar el trámite deberá presentar la documentación original en las oficinas colegiales y firmar la solicitud de alta.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA COLEGIACIÓN MÉDICOS PROCEDENTES DEL ESTADO ESPAÑOL
1. Título original de Licenciado/a en Medicina. En el caso de no disponer de él, certificación acreditativa de la universidad correspondiente de la finalización de los estudios de medicina y comprobante de pago de los derechos de la expedición del título (originales).
2. Si se posee título de especialista deberá presentar el original o en su caso la resolución correspondiente y justificante del pago de los derechos de expedición si no se dispone del título.
3. DNI (original)
4. Dos fotografías tamaño carné.
5. Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos colegiales.
6. Si es MIR, fotocopia del documento de adjudicación de la plaza (Hospital/centro de formación y especialidad).
7. Si se procede de otro Colegio, es imprescindible:
- Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,00 euros.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 61,50 euros, en aquellos casos que no se hubiera abonado en el Colegio de procedencia.
Se suprime la cuota de alta en los traslados de los Colegiados inscritos en los Colegios de la Comunidad Valenciana.
Los facultativos que hubieran estado colegiados en el Colegio de Médicos de Alicante en el período de 5 años previos, no abonarán la cuota de entrada al recolegiarse.
8. En caso de primera colegiación:
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,00 euros.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 61,50 euros.
9. Certificado médico oficial de aptitud psico-física.
10. Caso de ejercer privadamente la profesión:
- Afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y/o afiliación a la mutualidad profesional correspondiente.
- Alta en el censo de profesionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual.
11. Cuantos otros documentos o requisitos se estimen necesarios u oportunos por el Colegio de Médicos de Alicante.
Todos los documentos deberán ser originales o fotocopias compulsadas por Notario
MÉDICOS PROCEDENTES DE PAÍSES COMUNITARIOS
1. Título original de Licenciado/a en Medicina, que deberá acompañarse del documento original de la resolución de reconocimiento del mismo para ejercer en España - credencial de valor comunitario (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) o copia certificada / autentificada por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
2. Si se posee título de especialista deberá presentar el original, junto con el documento original de la resolución de reconocimiento del mismo para ejercer en España - credencial de valor comunitario - (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad) o copia certificada / autentificada por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
3. Pasaporte o documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia
4. Documento de Identificación de Extranjero por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería (NIE).
5. Dos fotografías tamaño carné.
6. Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos colegiales.
7. Si es MIR, fotocopia del documento de adjudicación de la plaza (Hospital/centro de formación y especialidad).
8. Certificación expedida por organismo oficial legalizado por vía diplomática de no estar ni haber estado inhabilitado/a para el ejercicio de la medicina (original y traducción al castellano). Este certificado tendrá una validez de 3 meses (país de origen). Esta certificación solo será necesaria si se trata de la primera colegiación o si hubiesen transcurrido más de tres meses desde la fecha de la baja en otro Colegio.
9. Si se procede de otro Colegio, es imprescindible:
- Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,00 euros.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 61,50 euros.
10. En caso de primera colegiación:
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,00 euros.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 61,50 euros.
11. Certificado médico oficial de aptitud psico-física.
12. Caso de ejercer privadamente la profesión:
- Afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y/o afiliación a la mutualidad profesional correspondiente.
- Alta en el censo de profesionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual o Certificado de Antecedentes Penales.
13. Certificado de conocimiento suficiente del idioma español / ó de la CCAA correspondiente, en su caso. (Anexo III y Disposición Adicional segunda del RD 459/2010).
14. Cuantos otros documentos o requisitos se estimen necesarios u oportunos por el Colegio de Médicos de Alicante.
Todos los documentos deben estar debidamente validados/ compulsados/legalizados por vía diplomática y, en su caso, se acompañarán de traducción jurada.
MÉDICOS PROCEDENTES DE PAÍSES NO COMUNITARIOS
1. Título original de Licenciado/a en Medicina.
2. Documento de Homologación del título de Licenciado/a en Medicina (Ministerio de Educación).
3. Si se posee título de especialista deberá presentar el original, junto con el documento original de la correspondiente Homologación. (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, previa resolución oficial de su Comité de Evaluación RD 459/2010).
4. Pasaporte
5. Documento de Identificación de Extranjero por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería (NIE).
6. Dos fotografías tamaño carné.
7. Número de cuenta bancaria para domiciliación de recibos colegiales.
8. Si es MIR, fotocopia del documento de adjudicación de la plaza (Hospital/centro de formación y especialidad).
9. Certificación expedida por organismo oficial legalizado por vía diplomática o Apostilla de La Haya, de no estar ni haber estado inhabilitado/a para el ejercicio de la medicina (original y traducción al castellano). Este certificado tendrá una validez de 3 meses (país de origen). Esta certificación solo será necesaria si se trata de la primera colegiación o si hubiesen transcurrido más de tres meses desde la fecha de la baja en otro Colegio.
10. Si se procede de otro Colegio, es imprescindible:
- Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,00 euros.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 61,50 euros.
11. En caso de primera colegiación:
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota de inscripción, fijada en 120,00 euros.
- Abono con tarjeta, ingreso en cuenta o transferencia de la cuota trimestral fijada en 61,50 euros.
12. Certificado médico oficial de aptitud psico-física.
13. Caso de ejercer privadamente la profesión:
- Afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y/o afiliación a la mutualidad profesional correspondiente.
- Alta en el censo de profesionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual o Certificado de Antecedentes Penales.
14. Certificado de conocimiento suficiente del idioma español / ó de la CCAA correspondiente, en su caso. (Anexo III y Disposición Adicional segunda del RD 459/2010).
15. Cuantos otros documentos o requisitos se estimen necesarios u oportunos por el Colegio de Médicos de Alicante.
Todos los documentos deben estar debidamente validados/ compulsados / legalizados por vía diplomática o mediante apostilla del Convenio de La Haya y, en su caso, se acompañarán de traducción jurada (Anexo I del RD 459/2010, de instrucciones para la cumplimentación de la solicitud y validación del reconocimiento de títulos de especialista obtenidos en el ámbito extracomunitario).
AVISOS EN RELACIÓN A LA SOLICITUD
- Permiso de trabajo, si es extranjero no comunitario, tanto si va a trabajar por cuenta propia como por cuenta ajena deberá obtener previamente al inicio de la actividad, el permiso o autorización administrativa de trabajo, no siendo suficiente para iniciar el trabajo disponer de la colegiación. Deberá aportar fotocopia ante el Colegio en cuanto lo obtenga.
- Ejercicio con carácter de médico especialista, para ejercer la profesión con ese carácter de médico especialista, usar esa denominación u ocupar un puesto de trabajo como tal, es preciso disponer de título oficial de médico especialista expedido por el Ministerio de Educación, o título extranjero debidamente homologado en España mediante credencial del Ministerio de Educación.