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EL COLEGIO
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FUNDACIÓN PARA LA PROTECCIÓN SOCIAL DE LA OMC
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VPC
III) Empleador. Vida laboral.

El tercer componente que se de aportar obligatoriamente en la solicitud de la VPC es el certificado de vida laboral. El colegiado tiene dos opciones; una es solicitar a la empresa/s en las que preste sus servicios una certificación de “Vida laboral” que, debidamente escaneada, adjuntará como tercer documento de la de solicitud.

La aplicación informática permite que la solicitante autorice al propio colegio realizar dicha solicitud. Para ello tan solo debe marcar el recuadro que indica “Autorización de la Solicitud de Vida laboral”. Cuando se marca dicho recuadro se origina en la secretaría del colegio correspondiente un documento que el propio colegio remitirá a la institución donde el colegiado preste sus servicios. Este documento debe estar validado mediante la firma electrónica.

Los colegiados que tengan ejercicio privado exclusivamente podrán presentar o bien la autorización de apertura de su unidad asistencial por su Consejería de Salud (según la normativa de su Comunidad Autónoma) o en su caso certificación de cotización a la Seguridad Social. En caso de que surgiera alguna duda la oficina Colegial del DPC ayudará a solucionar esta cuestión.